
El TDLC resolvió en la “Consulta de FoodGroup SpA y otros sobre la exclusión de la leche en polvo y postres elaborados a partir de esta, de los procesos de licitación pública de la JUNAEB”, donde Menchaca & Cía representó a JUNAEB, que las bases de la licitación pública no eran contrarias a la libre competencia.
En la Resolución N°75/2022 , el H. TDLC declaró por unanimidad que las Bases de la Licitación Pública ID 85-41-LR21 para la contratación del servicio de suministro de raciones alimenticias para los beneficiarios de Programas de Alimentación Escolar y Programas de Alimentación Párvulos, desde el año 2022 hasta diciembre del año 2025, no eran contrarias al Decreto Ley Nº 211.